Acerca de las aguas de Estados Unidos
En esta página
- Aplicación vigente de “aguas de Estados Unidos”
- Más información sobre las decisiones del Tribunal Supremo, y asuntos relacionados (en inglés)
Aplicación vigente de “aguas de Estados Unidos”
La definición vigente del término “aguas de Estados Unidos” es la definición promulgada en 1986/1988 e implementada de manera coherente a directrices y decisiones subsiguientes del Tribunal Supremo de Estados Unidos. La definición reglamentaria de “aguas de Estados Unidos” revisada en 2015 ha sido suspendida por el Tribunal de Apelaciones del Sexto Circuito de Estados Unidos. Ante esta suspensión, la Agencia de Protección Ambiental de EE.UU. (EPA, por sus siglas en inglés), el Departamento del Ejército y el Cuerpo de Ingenieros del Ejército han reanudado el uso a nivel nacional de los reglamentos agenciales previos que definían el término “aguas de Estados Unidos”. El 28 de febrero del 2017, el presidente de Estados Unidos emitió una orden ejecutiva dando instrucciones a la EPA y al Departamento del Ejército a evaluar y revocar o revisar la norma del 2015.
La EPA, el Departamento del Ejército y el Cuerpo de Ingenieros del Ejército están evaluando la norma del 2015 y considerando una revisión de la definición de “aguas de Estados Unidos” según requiere la orden ejecutiva.
La definición reglamentaria de “aguas de Estados Unidos” del 1986/1988
40 CFR 230.3(s) El término aguas de Estados Unidos significa:
- Todas las aguas que se usan actualmente, o que se usaron en el pasado, o que podrían ser susceptibles a uso en el comercio interestatal o extranjero, inclusive todas las aguas que estén sujetas al flujo y reflujo de la marea;
- Todas las aguas interestatales que incluye humedales interestatales;
- Todas las otras aguas intraestatales tales como lagos, ríos, corrientes (inclusive arroyos intermitentes), así como marismas, marjales, humedales, fangales, hoyos de la pradera, prados húmedos, playas lacustres o charcas, cuyo uso, degradación o destrucción podría afectar el comercio interestatal o extranjero inclusive cualquiera de dichas aguas:
- Las cuales son o podrían ser utilizadas por viajeros interestatales o extranjeros para recreación u otros fines; o
- En el cual hay o de donde se podrían pescar peces o mariscos para venderse en el comercio interestatal o extranjero; o
- Las cuales se utilizan o podrían utilizarse para fines industriales por empresas en el comercio interestatal;
- Todos los embalses de agua que de otra manera están definidos como aguas de Estados Unidos conforme a esta definición;
- Los tributarios de aguas identificados en los párrafos (s) del (1) al (4) en esta sección;
- El mar territorial;
- Los humedales adyacentes a las aguas (aparte de las aguas que son humedales en sí) identificadas en los párrafos (s) del (1) al (6) en esta sección; los sistemas de tratamiento de desperdicios, que incluye los estanques o lagunas de tratamiento diseñados para cumplir con los requisitos de la Ley de Agua Limpia (CWA, por sus siglas en inglés) (aparte de los estanques de enfriamiento definidos en 40 CFR 423.11(m) que también cumplen con los criterios de esta definición) no son aguas de Estados Unidos.
Las aguas de Estados Unidos no incluyen campos de cultivo convertidos con anterioridad. Independientemente de la designación por cualquier otra agencia federal del estado de un área como un campo de cultivo previamente convertido, para fines de la Ley de Agua Limpia, la autoridad final referente a la jurisdicción de la Ley de Agua Limpia permanece bajo la EPA.
Directrices sobre la definición de “aguas de Estados Unidos”
Rapanos v. United States & Carabell v. United States
En el 2007 y nuevamente en el 2008, las agencias desarrollaron directrices para implementar la definición arriba mencionada de “aguas de Estados Unidos” conforme a la Ley de Agua Limpia a raíz de la decisión del Tribunal Supremo de EE.UU., Rapanos v. United States y Carabell v. United States.
A continuación los enlaces de los documentos en inglés relacionados con dicha decisión judicial.
- Jurisdicción de la Ley de Agua Limpia a raíz de la decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos en el caso Rapanos v. United States y Carabell v United States—el 2 de diciembre de 2008 (en inglés)
- Preguntas y respuestas referentes a las directrices revisadas en Rapanos y Carabell (en inglés)
- Memorándum legal de junio de 2007 (en inglés) que discute la jurisdicción de la Ley de Agua Limpia a raíz de la decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos en el caso Rapanos v. United States y Carabell v. United States. Esta directriz fue reemplazada por las directrices del 2008.
- Memorándum de Acuerdo de junio del 2007 (en inglés) referente a la Coordinación bajo las determinaciones jurisdiccionales conforme a la Sección 404 de la Ley de Agua Limpia ante las decisiones del Tribunal Supremo de SWANCC y Rapanos.
- Anejo D: Definición legal de las aguas navegables tradicionales (en inglés)
- Para información adicional en inglés, consulte el Programa Reglamentario del Cuerpo de Ingenieros del Ejército Salida y denegación
Agencia de Desechos Sólidos del Norte del Condado Cook (SWANCC por sus siglas en inglés) v. Estados Unidos
En el 2001 y nuevamente en el 2003, las agencias desarrollaron directrices para abordar la susodicha definición de aguas de Estados Unidos conforme a la Ley de Agua Limpia a raíz de la decisión de SWANCC del Tribunal Supremo.
- Memorándum Legal de enero del 2003 (en inglés) que discute el alcance de la jurisdicción de la Ley de Agua Limpia a la luz de la decisión de SWANCC y las decisiones jurídicas relacionadas.
- Memorándum Legal de enero del 2001 (en inglés) que describe cuáles aspectos de la definición reglamentaria de las “aguas de Estados Unidos” son y no son afectados por SWANCC. Esta directriz ha sido reemplazada por la directriz del 2003.
Memorándums
Memorándum de Acuerdo de 1989 (en inglés) —Asigna las responsabilidades entre la EPA y el Cuerpo de Ingenieros para determinar el alcance geográfico del programa de la Sección 404 y la aplicabilidad de exenciones a los reglamentos en virtud de la Sección 404 (f).
Memorándum “Civiletti” de 1979 (en inglés) —La opinión del fiscal general de EE.UU. sobre la última autoridad administrativa según la Sección 404 para determinar el alcance de las aguas navegables y el significado de la Sección 404 (f).
La Sección 404 de la Ley de Agua Limpia y la Agricultura (en inglés) —Incluye el Memorándum al Campo de 1990 y el Memorándum que retira la Norma de Interpretación.