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EPA Propone Aprobar Dispensa de Tratamiento de Aguas Residuales para Planta de Ponce

(San Juan, Puerto Rico - 15 de marzo de 2006) – La Agencia Federal de Protección Ambiental (EPA, por sus siglas en inglés) anunció hoy su propuesta para conceder una dispensa de requisitos para tratamiento secundario de aguas residuales a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico (AAA) para su planta de tratamiento de aguas residuales en Ponce. Bajo la Ley de Agua Limpia, a facilidades como la de Ponce, que descargan aguas residuales directamente al océano, se le otorga la oportunidad de solicitar una dispensa de tratamiento secundario. Estas dispensas son otorgadas solamente si se cumple con una serie de requisitos estrictos, incluyendo estándares sobre la calidad del agua para asegurar que la vida acuática no sea perjudicada. En este caso, el monitoreo ambiental demuestra que la vida marina está protegida y los estándares de calidad de agua están siendo cumplidos a cabalidad.

“Estamos comprometidos a trabajar con el Estado Libre Asociado de Puerto Rico para proteger la calidad del agua,”
señaló Alan J. Steinberg, Administrador Regional. “Luego de un monitoreo cuidadoso, estamos satisfechos que la AAA ha cumplido el trabajo de reparación que requeríamos y que las descargas de la planta no tienen un impacto negativo en la calidad del agua.”

La planta antes mencionada descarga al Caribe a través de tubería localizada a una distancia de 18,800 pies mar adentro y a una profundidad de 400 pies. Anteriormente, la EPA había rechazado la solicitud de dispensa de requisitos de la planta de Ponce debido a asuntos relacionados con la tubería, ya que habían ocurrido incidentes de escape en aguas llanas y profundas, lo cual imposibilitaba su reparación. La Junta de Calidad Ambiental aprobó la petición de la AAA para considerar un escape en aguas profundas como una descarga autorizada adentro de la zona designada de mezcla, una área donde las descargas se mezclan con las aguas oceánicas. Los restantes escapes fueron reparados exitosamente el 6 de junio de 2005, por lo que la AAA ha demostrado cumplimiento con La Ley de Agua Limpia. La propuesta de la EPA requiere que la planta continúe el monitoreo y provea tratamiento avanzado primario.

La EPA solicita comentarios públicos a su propuesta para aprobar el permiso de descarga de aguas residuales para Ponce. Los comentarios deben de ser enviados a Carl Soderberg, Director de División de Protección Ambiental del Caribe de la Agencia Federal de Protección Ambiental, o EPA, por sus siglas en inglés a la siguiente dirección: ,1492 Avenida Ponce de León, Suite 417, San Juan, Puerto Rico 00907-4127. La Agencia recibirá comentarios públicos a su propuesta por cuarenta y cinco dias (45) después de que se emita el aviso público.

La AAA solicitó dispensas de tratamiento secundario para trece plantas. La EPA negó la petición para dos plantas, Barceloneta y Mayaguez, debido a que no cumplirían con los requisitos de la Ley de Agua Limpia y poseían el potencial de causar daño ambiental. La AAA retiró sus peticiones para Guayama, Fajardo, Humacao, Guayanilla y Dorado (que
aún no ha sido contruida) cuando se hizo aparente que no cumplirían con esos requisitos Al presente, hay seis plantas activas de tratamiento de aguas residuales en Puerto Rico que son elegibles para la suspensión de requisitos para tratamiento secundario. La EPA otorgó la suspensión final de requisitos para las plantas de Aguadilla, Arecibo, Carolina y a las plantas de Bayamón y Puerto Nuevo, que comparten la misma tubería oceánica. La planta de Ponce es la última para la cual la EPA está proponiendo una suspensión de dichos requisitos.

Para conocer más acerca de plantas de tratamiento de aguas residuales (en inglés), puede visitar la dirección
electrónica: https://www.epa.gov/owow/oceans/regulatory/sect301hwaivers.html

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Fecha de publicación:03/15/2006 Reciba nuestros comunicados de prensa automáticamente por correo electrónico